Buscar
Sólo resultados Idénticos
Búsqueda en Títulos
Búsqueda en textos
Incluir comentarios
Incluir resúmenes
Buscar en el Blog
Buscar en páginas
Search in groups
Search in users
Search in forums
Filtrar por...
Buscar por categorías
{ "homeurl": "http://www.miprimerdrone.com/", "resultstype": "vertical", "resultsposition": "hover", "itemscount": 4, "imagewidth": 70, "imageheight": 70, "resultitemheight": "auto", "showauthor": 0, "showdate": 0, "showdescription": 1, "charcount": 3, "noresultstext": "Sin resultados :(", "didyoumeantext": "Querías decir:", "defaultImage": "http://www.miprimerdrone.com/wp-content/plugins/ajax-search-pro/img/default.jpg", "highlight": 0, "highlightwholewords": 1, "openToBlank": 0, "scrollToResults": 1, "resultareaclickable": 1, "autocomplete": { "enabled": 1, "googleOnly": 0, "lang": "es" }, "triggerontype": 1, "triggeronclick": 1, "triggeronreturn": 1, "triggerOnFacetChange": 1, "overridewpdefault": 1, "redirectonclick": 0, "redirectClickTo": "results_page", "redirect_on_enter": 0, "redirectEnterTo": "results_page", "redirect_url": "?s={phrase}", "more_redirect_url": "?s={phrase}", "settingsimagepos": "right", "settingsVisible": 0, "hresulthidedesc": "1", "prescontainerheight": "400px", "pshowsubtitle": "0", "pshowdesc": "1", "closeOnDocClick": 1, "iifNoImage": "defaultimage", "iiRows": 2, "iitemsWidth": 200, "iitemsHeight": 200, "iishowOverlay": 1, "iiblurOverlay": 1, "iihideContent": 1, "analytics": 0, "analyticsString": "", "aapl": { "on_click": 0, "on_magnifier": 0, "on_enter": 0, "on_typing": 0 }, "compact": { "enabled": 0, "width": "100%", "closeOnMagnifier": 1, "closeOnDocument": 0, "position": "static", "overlay": 0 }, "animations": { "pc": { "settings": { "anim" : "fadedrop", "dur" : 300 }, "results" : { "anim" : "fadedrop", "dur" : 300 }, "items" : "fadeInDown" }, "mob": { "settings": { "anim" : "fadedrop", "dur" : 300 }, "results" : { "anim" : "fadedrop", "dur" : 300 }, "items" : "voidanim" } } }

Tienes hasta el 30 de marzo para seguir operando legalmente
Actualizate por 249€ + IVA

Nuestro servicio Incluye:

  • Actualización de toda tu documentación al nuevo Real Decreto 1036/2017.
  • 1 hora de asesoría telefónica (aclara todas tus dudas y aprovecha las nuevas oportunidades).
  • Cambio de pilotos incluido.
  • Cambio de aeronaves incluido.

965 515 437

¿Preguntas? Te atendemos en este número

* Si ya eres cliente de la asesoría y estás en garantía llámanos para actualizar tu documentación gratis.

Aprovecha los nuevos Tipos Operación Aérea Especializada disponibles:

  • Operaciones en zonas donde haya aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre.
  • Operaciones en espacio aéreo controlado.
  • Operaciones nocturnas.
  • Operaciones dentro del alcance visual aumentado (EVLOS).
  • Operaciones más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con aeronaves de más de 2kg de MTOM.
  • No te esperes a que la AESA te someta a una inspección, evita posibles sanciones administrativas.
Equipo de Mi Primer Drone Trabajando en la oficina

Preguntas Frecuentes

Si ya soy operador habilitado desde antes de la entrada en vigor del Real Decreto, ¿Cuánto tiempo tengo para adaptarme a la nueva normativa?

Un operador habilitado con fecha anterior a la entrada en vigor de este nuevo Real decreto no deberá presentar una nueva comunicación previa. Sin embargo, este Real Decreto establece un plazo de tres 3 meses para adaptarse a las nuevas disposiciones. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea ha publicado material informativo con objeto de que los operadores ya habilitados adapten sus documentos y procedimientos al nuevo marco normativo.

¿Qué requisitos mínimos deben cumplirse para operar en zonas donde haya aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre?

Las operaciones en zonas donde haya aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre deberán llevarse a cabo con aeronaves cuya masa máxima la despegue no exceda de 10 kg. Estas operaciones se realizaran dentro del alcance visual del piloto (VLOS), en zonas acotadas para ello o manteniendo una distancia horizontal mínima de seguridad de 50m respecto de edificios u otro tipo de estructuras y de 50 m respecto de personas que no estén bajo el control del operador. Además, la aeronave deberá ir equipada con un dispositivo de limitación de energía del impacto. Estos dispositivos podrían basarse en paracaídas, airbag, etc.

Estas operaciones requerirán de una autorización por parte de AESA basado en un estudio aeronáutico de seguridad específico.

¿Qué requisitos mínimos deben cumplirse para operar de noche?

La realización de vuelos nocturnos requerirá la autorización expresa de la AESA, previa solicitud del operador acompañada de un estudio de seguridad especifico. Además, los RPAs deberán incorporar luces, pintura u otros dispositivos adecuados para garantizar su visibilidad.

¿Por qué es obligatorio?

En el mundo de la aviación desde siempre se han utilizado manuales y listas de comprobación ya que cada vuelo requiere atender una serie de procesos complejos que ocurren antes, durante y después del vuelo. En total puede haber cientos de pequeñas acciones a acometer para llevar a cabo una operación completa, lo que es muy propenso a errores.

Para mitigar tal problema, con los manuales de operaciones y listas de comprobación se pretende estandarizar y reducir errores humanos creando procedimientos seguros y eficientes.

Además toda esta documentación te servirá para generar evidencia tanto para tus clientes como proveedores (aseguradoras por ejemplo en caso de accidente) de que estás operando de manera segura y competente.

Existe la necesidad de regular el sector para que este pueda crecer de manera segura y cumpliendo con las expectativas de la sociedad en su conjunto.

¿Qué requisitos mínimos deben cumplirse para operar más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con una aeronave de más de 2kg de MTOM?

Las operaciones de más allá del alcance visual del piloto (BVLOS) con una aeronave de más de 2kg de MTOM, requieren que estas dispongan de sistemas aprobados o autorizados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, que permitan a su piloto detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo. En caso contrario, estas operaciones fuera del alcance visual del piloto (BVLOS) solo podrán realizarse en espacio aéreo temporalmente segregado (TSA) al efecto. Ademas, la aeronave deberá tiener instalado un dispositivo de visión orientado hacia delante.
Estas operaciones requerirán de una autorización por parte de AESA basado en un estudio aeronáutico de seguridad específico.

¿Qué requisitos mínimos deben cumplirse para operar en espacio aéreo controlado?

Las operaciones espacio aéreo controlado, excepto las que se realicen en VLOS con aeronaves cuya MTOM no exceda de 25kg, se llevarán a cabo con aeronaves equipadas con un transpondedor Modo S. El cual deberá desconectarse cuando lo solicite el proveedor de servicios de tránsito aéreo. Además, deberán disponer de un equipo de comunicaciones adecuado capaz de sostener comunicaciones bidireccionales con las con las estaciones aeronáuticas y en las frecuencias indicadas para cumplir los requisitos aplicables al espacio aéreo en que se opere.

Los pilotos remotos dispondrán de los conocimientos necesarios para la obtención de la calificación de radiofonista, acreditados mediante habilitación anotada en una licencia de piloto o certificación emitida por una organización de formación aprobada (ATO) o escuela de ultraligeros. Y deberán acreditar conocimientos adecuados del idioma o idiomas utilizados en las comunicaciones con el controlador.

Estas operaciones requerirán de una autorización por parte de AESA basado en un estudio aeronáutico de seguridad específico.

¿Se puede volar un drone únicamente con la licencia de piloto?

Para realizar trabajos comerciales además de piloto también tienes que registrarte como Operador de RPAS (Drones) para lo que necesitas registrarte en la AESA con un Manual de Operaciones y el resto de la documentación exigida. Si lo tuyo es solamente el uso recreativo entonces no necesitarás ser operador de rpas.

¿Cómo puedo saber si la AESA me considera Operador de drones?

AESA publica una lista de Operadores de Drones legales en España. Siempre la puedes consultar aquí o escribirles a drones.aesa@seguridadaerea.es

Además al terminar el proceso recibirás notificación vía email o correo ordinario por parte de la AESA.

© Copyright 2016 Mi Primer Drone S.L. – Todos los derechos reservados.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
No hay productos :"(